Al buscador de buscadores no le ha salido la cosa como esperaba. El Tribunal de Justicia de la UE ha dictado sentencia esta misma semana en relación al delicado debate sobre el derecho al olvido en internet. Los jueces se han posicionado a favor de la protección de los datos de carácter personal publicados en la red, y considera que los motores de búsqueda son los responsables del tratamiento de dichos datos, aunque estos aparezcan en páginas de terceros. Así, Google está obligado a atender las solicitudes presentadas por aquellos que deseen que sus datos se retiren del buscador. Hasta ahora el motor de búsqueda sólo se había responsabilizado en aquellos casos en los que el contenido denunciado era de carácter ilegal.
La sentencia ha sido algo sorprendente, dado que a finales de junio de 2013 el abogado del mismo tribunal europeo, Niilo Jääskinen, afirmó que solicitar a los buscadores que eliminaran información legítima y legal que se ha hecho pública, “traería consigo una injerencia en la libertad de expresión del editor de la página web” y “equivaldría a una censura del contenido publicado realizada por un particular”.
Con la nueva sentencia, aquellos usuarios que quieran eliminar algún contenido sobre ellos en la red deberán dirigirse directamente a Google o, en caso de que este no acceda a su solicitud “acudir a las autoridades de control o a los tribunales”, para revisar el caso y tomar las medidas correspondientes. En España será la Agencia de Protección de Datos, al margen de los tribunales, la encargada de encontrar el equilibrio entre la protección de la privacidad de los usuarios y el derecho a la información. De este modo, si así se dictaminara, Google debería eliminar dichos datos aunque la fuente original no lo hubiera hecho aún.
El derecho al olvido en internet viene de lejos. Uno de los casos más sonados es el de Mario Costeja, quien comenzó un proceso legal contra el buscador en 2010 para lograr que su nombre no apareciera ligado a un anuncio de una subasta de bienes relacionado con un embargo por deudas con la Seguridad Social, publicado en el periódico La Vanguardia en 1998, pese a que el tema del embargo estaba ya estaba solucionado. La Agencia Española de Protección de Datos dictaminó que este diario no estaba obligado a eliminar esta información al ser considerada legal, y recomendó al titular dirigirse al propio buscador para que borrara dicho contenido de la red. Google recurrió ante la Audiencia Nacional. Y ahora el Tribunal de Justicia de la UE le ha hecho rectificar.
El derecho al olvido se entiende como el derecho que tiene el ciudadano a eliminar información que se considera obsoleta por el transcurso del tiempo o que de alguna manera afecta al desarrollo de alguno de sus derechos fundamentales. Es cierto que este derecho puede topar con la libertad de expresión. Pero, si las personas pueden redimirse en el mundo real, también tendrían que poder hacerlo en el digital, sin que quedara rastro del pasado. Puede que Google sea el Dios de la red, pero no todo lo puede, finalmente tendrá que aprender a perdonar y olvidar.